miércoles, 27 de abril de 2011

LAS FORMAS JURÍDICAS DE MI IDEA DE NEGOCIO

Ventajas e incovenientes de actuar como empresario:

Una sola persona
VENTAJAS :
Los trámites de constitución son más fáciles y no conllevan gastos notariales.

INCONVENIENTES :

Cabe destacar que como trabajador autónomo o empresario individual estás asumiendo una responsabilidad patrimonial ilimitada.

Dos o más personas
VENTAJAS:

-Los trámites de constitución son más fáciles y no conllevan gastos notariales, ya que si no se aportan bienes inmuebles a la sociedad no es necesario constituirla ante notario.

Se tributa a través del IRPF, cuyo tipo es variable, dependiendo de los rendimientos obtenidos, y dependiendo del tipo de actividad los socios pueden optar por que la sociedad tribute en el régimen de estimación objetiva (también llamado módulos).

INCONVENIENTES :

Como principal inconveniente, están los trámites y costes de constitución, que varían dependiendo del capital social y otros factores.

Principales caracteristicas de una S.L.

NACIONALIDAD
Son de nacionalidad española todas las que fijen su domicilio en territorio español, con independencia del lugar donde seconstituyan.
PERSONALIDAD JURIDICA
La inscripción en el Registro Mercantil tiene carácter constitutivo.
MINIMO DE SOCIOS
Se puede constituir con un único socio fundador, en cuyo caso se considera "Sociedad Unipersonal". No existe máximo de socios.
APORTACIONES DINERARIAS
Deben ser acreditadas, normalmente mediante la certificación bancaria que se incorpora a la escritura de constitución.
APORTACIONES NO DINERARIAS
Se pueden aportar los bienes o derechos valorables economicamente. De la realidad de las mismas y su valoración responden solidariamente, frente a la Sociedad y los acreedores, los fundadores, socios y quien adquiera una participación desembolsada mediante una aportación no dineraria, salvo que la aportación haya sido valorada por perito.

No puede ser objeto de aportación  el trabajo o los servicios. 
PRESTACIONES ACCESORIAS
Pueden establecerse otro tipo de prestaciones con carácter accesorio: la obligación de realizar determinadas labores comerciales, de no realizar determinadas actividades, etc...
TRANSMISION VOLUNTARIA
La transmisión  voluntaria de participaciones entre socios, entre cónyuges, ascendientes o descendientes o sociedades del mismo grupo es libre, salvo que los Estatutos establezcan lo contrario.

Si la transmisión está dirigida a un tercero requiere consentimiento previo de la Sociedad. Se consideran nulas las cláusulas estatutarias  que hagan prácticamente libre la transmisión voluntaria por actos "inter vivos".

Principales caracteristicas de una cooperativa :

Las características esenciales de esta sociedad son las siguientes:

a) Esta sociedad necesita forzosamente un número de socios NO MENOR DE 10.
b) Un capital variable y principalmente debe funcionar sobre principios de igualdad dentro del regimen de derechos y obligaciones de sus miembros.
c) No persigue fines lucrativos y busca el mejoramiento social y económico de sus trabajadores.
d) La igualdad comienza en la forma de repartir entre los asociados la proporción del tiempo trabajado o bien al monto de las operaciones realizadas. Según se trate de cooperativa de producción o de cooperativa de consumo.



 

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